¿Qué es un seguro de Subsidios?

En caso de Incapacidad Laboral Transitoria que te impida realizar tu profesión habitual, un seguro de Subsidios te garantiza el pago de una indemnización por cada día que te encuentres en esta situación y cubriría la pérdida de ingresos que ello podría suponer.

 

Un seguro que se adapta a ti

En nuestra póliza de Subsidios encontrarás la posibilidad de contratar las coberturas que necesites con diferentes posibilidades de capitales, días de duración de la cobertura y franquicias que hará que tu escojas un seguro a la medida de tus características.

 

Garantías Obligatorias

Enfermedad
Es la garantía principal. En caso de baja laboral derivada de enfermedad se recibiría la prestación económica pactada.
Hospitalización
Prestación económica en caso de Hospitalización por cualquier causa.

Garantía Voluntaria

Accidentes
En caso de baja laboral derivada de accidente, se recibiría la prestación económica pactada.

Modalidades de Contratación

Tipos de Coberturas
• Indemnización por enfermedad + Indemnización por
Hospitalización
• Indemnización por enfermedad ó Accidente + Indemnización
por Hospitalización

Tipo de Duración de la Cobertura
• 365 días
• 545 días

Tipos de Franquicias
• 4 días
· Franquicia Inglesa de 4 días (si la baja es de más de 4 días, no se aplica ninguna franquicia)
• 15 días
• 30 días

 

Más motivos para contratar un seguro de Subsidios

El hecho de poder asegurar tus ingresos en caso de que una enfermedad o un accidente provocasen tu baja laboral, ya es de por sí mismo, el motivo más importante para contratar una póliza de Subsidios.
No obstante, además, con Sabadell Subsidios te encontrarás con las siguientes ventajas que harán más fácil esta decisión:

• Cobro del subsidio mensualmente, sin necesidad de esperar el alta médica.
• Pueden contratar el seguro tanto trabajadores por cuenta ajena como por cuenta ajena.
• Sin duraciones predeterminadas de las bajas con dependencia del diagnóstico (excepto el caso de maternidad y/o embarazo donde queda fijada una indemnización de 20 veces el subsidio contratado con el máximo de 600€).
• En caso de baja por enfermedad o accidente que requiera intervención quirúrgica, el subsidio por Incapacidad Laboral Transitoria se cobra por la totalidad del periodo de incapacidad menos la franquicia contratada, sin descontar el posible periodo de espera hasta la intervención quirúrgica.
• Sin necesidad de ningún reconocimiento médico.
• Flexibilidad en el pago de las primas.
• Posibilidad de descuentos en caso de contratación de colectivos.
• Ventajas fiscales de los seguros de Salud para autónomos y para empresas.